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Máster Universitario en Profesorado en Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas

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Máster Universitario en Profesorado en Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas

Reconocimiento de créditos

Las Normas básicas sobre reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de Sevilla establece en su artículo 4 las siguientes reglas básicas para el reconocimiento de créditos en las enseñanzas oficiales de Máster:

Quienes estando en posesión de un título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, accedan a las enseñanzas conducentes a la obtención de un título oficial de Máster podrán obtener reconocimiento de créditos por materias previamente cursadas, en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias superadas y los previstos en el plan de estudios de las enseñanzas de Máster.

Igualmente, entre enseñanzas oficiales de Máster, sean de Programas Oficiales de Postgrado desarrollados al amparo del Real Decreto 56/2005 o de títulos de Master desarrollados al amparo del Real Decreto 1393/2007, serán objeto de reconocimiento las materias cursadas en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las enseñanzas superadas y los previstos en el plan de estudios del título de Máster que se curse en el momento de la solicitud.

En el caso de títulos oficiales de Máster que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas, para los que el Gobierno haya establecido las condiciones a las que han de adecuarse los planes de estudios, se reconocerán los créditos de los módulos definidos en la correspondiente norma reguladora. En caso de no haberse superado íntegramente un determinado módulo, el reconocimiento se llevará a cabo por materias o asignaturas en función de las competencias y conocimientos asociados a las mismas.

Se podrá obtener reconocimiento de créditos en estudios oficiales de Máster a partir de estudios previos cursados en títulos propios de la Universidad de Sevilla, en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias superadas y los previstos en el plan de estudios de las enseñanzas de Máster.

De acuerdo con la memoria de verificación del MAES, los créditos correspondientes a las asignaturas de libre designación podrán cursarse en otros másteres oficiales, por lo que los alumnos que hayan cursado otros másteres oficiales podrán solicitar el reconocimiento de los créditos de estas asignaturas.

Para informarse y solicitar el reconocimiento de créditos por experiencia profesional acreditada deberá pinchar en el siguiente enlace:

 

PLAZO DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO/TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Y MÁSTER UNIVERSITARIO

CURSO 2022/2023

La presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos ECTS se realizará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la formalización de automatrícula/matrícula por el estudiante. A efectos de cómputos de plazos para la presentación de estas solicitudes, se declara inhábil el mes de agosto.

En los casos de cambio de Universidad y/o estudios se realizará según lo dispuesto en la Resolución Rectoral por la que se regula la admisión a los títulos de Grado de la Universidad de Sevilla de los estudiantes que han iniciado anteriormente estudios universitarios.

Las solicitudes de reconocimiento de créditos por participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación, así como las solicitudes de reconocimiento basadas en experiencia profesional, el reconocimiento  por la acreditación de otros niveles de idioma y el reconocimiento de prácticas extracurriculares, podrán presentarse en cualquier momento del curso académico.

El plazo para solicitar transferencia de créditos coincidirá con el general para solicitar reconocimiento de créditos.