Seguro de accidentes para estudiantes mayores de 28 años que al comenzar sus prácticas curriculares se encuentren de alta en la Seguridad Social por estar desempeñando una actividad laboral.
¿Quién debe contratar un seguro de accidentes?
Con carácter general, los estudiantes que realizan prácticas académicas externas están incluidos en el sistema de la Seguridad Social en los términos previstos en la legislación vigente.
No obstante, existe una situación específica que afecta a determinados estudiantes mayores de 28 años.
Debes contratar una póliza de seguro si cumples simultáneamente estas dos condiciones:
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Tienes más de 28 años, y
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al comenzar tus prácticas curriculares te encuentras de alta en la Seguridad Social por estar desempeñando una actividad laboral.
En este supuesto, las Normas de Matrícula de la Universidad de Sevilla para el curso 2026-2027 establecen expresamente que el estudiante deberá suscribir una póliza de seguro que cubra las posibles contingencias durante todo el periodo de realización de las prácticas.
Por tanto, tener más de 28 años, por sí solo, no determina actualmente la obligación de contratar esta póliza. La obligación se produce cuando, además de superar esa edad, el estudiante ya se encuentra de alta en la Seguridad Social por el desempeño de otra actividad laboral al iniciarse las prácticas curriculares.
¿Por qué se exige este seguro si ya estoy trabajando y dado de alta en la Seguridad Social?
La normativa estatal establece, con carácter general, la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de los estudiantes que realizan prácticas formativas o prácticas académicas externas.
Sin embargo, la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece un régimen específico para estas prácticas y contempla la situación de quienes ya se encuentran de alta en la Seguridad Social por el desempeño de otra actividad.
Precisamente para garantizar una cobertura adecuada en estos casos, las Normas de Matrícula de la Universidad de Sevilla para el curso 2026-2027, aprobadas por Resolución de la Rectora de 29 de junio de 2026, disponen expresamente que los estudiantes mayores de 28 años que estén de alta en la Seguridad Social por una actividad laboral deberán disponer de una póliza de seguro durante sus prácticas curriculares. Por ello, el hecho de estar trabajando y cotizando a la Seguridad Social no exime de esta obligación.
¿Qué seguro tengo que contratar?
Deberás disponer de una póliza de seguro de accidentes que proporcione cobertura durante la realización de las prácticas académicas curriculares.
La póliza deberá estar vigente durante todo el periodo en el que realices las prácticas.
La Universidad de Sevilla no establece en su normativa de matrícula una compañía aseguradora concreta con la que deba contratarse el seguro. Por tanto, el estudiante puede contratarlo con la entidad aseguradora que considere conveniente, siempre que la póliza proporcione una cobertura adecuada para la realización de las prácticas.
La Universidad de Sevilla dispone, además, de información y ofertas de seguros dirigidas a miembros de la comunidad universitaria que pueden consultarse a través del Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria (SACU). Estas opciones tienen carácter informativo y no implican la obligación de contratar con una compañía determinada.
¿Tengo que contratar también un seguro de responsabilidad civil?
No, para las prácticas curriculares realizadas en España.
La Universidad de Sevilla tiene suscrita una póliza que garantiza la responsabilidad civil por los daños a terceros que pudiera ocasionar el estudiante durante la realización de sus prácticas, de acuerdo con la Normativa de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de Sevilla. Por tanto, en el supuesto regulado en esta información, el estudiante deberá acreditar el seguro de accidentes correspondiente, pero no necesita contratar adicionalmente un seguro particular de responsabilidad civil para sus prácticas curriculares ordinarias en España.
Importante: las prácticas realizadas en el extranjero tienen un régimen específico. En estos casos, el estudiante deberá disponer de un seguro de accidentes que incluya la repatriación y de un seguro de responsabilidad civil, conforme a la normativa vigente de la Universidad de Sevilla.
¿Qué documentación debo presentar?
Antes de iniciar las prácticas, el estudiante deberá aportar la documentación acreditativa de que dispone de la póliza correspondiente.
El documento aportado deberá permitir comprobar, al menos:
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la identidad del estudiante asegurado;
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la entidad aseguradora;
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que se trata de una póliza que proporciona cobertura frente a accidentes durante las prácticas;
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el periodo de vigencia de la póliza, que deberá comprender todo el periodo de realización de las prácticas;
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y que la póliza se encuentra en vigor.
Cuando sea necesario para acreditar su vigencia, podrá solicitarse también el correspondiente justificante de contratación o pago.
¿Cuándo debo aportar la póliza?
La póliza deberá estar contratada y acreditada antes de la incorporación al centro educativo de prácticas.
Por este motivo, recomendamos no dejar su contratación para los últimos días anteriores al inicio de las prácticas.
El estudiante que se encuentre en esta situación deberá aportar la documentación siguiendo las instrucciones que facilite la Unidad de Prácticas del MAES de la Escuela Internacional de Posgrado.
En ningún caso, podrá iniciarse la estancia en el centro educativo sin haber cumplido previamente este requisito.
Resumen: ¿tengo que contratar el seguro?
| Situación del estudiante al comenzar las prácticas | Seguro individual de accidentes |
|---|---|
| Menor de 28 años | No por razón de edad |
| Mayor de 28 años y no está de alta por otra actividad laboral | No por el mero hecho de tener más de 28 años; se aplicará el régimen de Seguridad Social correspondiente a las prácticas |
| Mayor de 28 años y está de alta en la Seguridad Social porque trabaja | Sí. Debe suscribir una póliza que cubra las contingencias durante todo el periodo de prácticas |
| Prácticas realizadas en el extranjero | Se aplica el régimen específico previsto para prácticas internacionales |
Ejemplo práctico
- Tengo 35 años, trabajo y estoy dado de alta en la Seguridad Social. Voy a comenzar las prácticas curriculares del MAES. ¿Tengo que contratar un seguro?
Sí. Al ser mayor de 28 años y encontrarte de alta en la Seguridad Social por el desempeño de una actividad laboral cuando comienzan las prácticas, deberás disponer de una póliza de seguro que cubra las posibles contingencias durante todo el periodo de prácticas y acreditarla antes de incorporarte al centro educativo
- Tengo 35 años, pero actualmente no estoy trabajando ni estoy de alta en la Seguridad Social por otra actividad laboral. ¿Debo contratar el seguro únicamente por ser mayor de 28 años?
No por el mero hecho de tener más de 28 años. En este supuesto se aplicará el régimen de inclusión en la Seguridad Social correspondiente a las prácticas académicas externas, de acuerdo con la legislación vigente.
Normativa de referencia
Esta información se fundamenta principalmente en:
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Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en particular su disposición adicional quincuagésima segunda, relativa a la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que realizan prácticas formativas o prácticas académicas externas.
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Resolución de la Rectora de la Universidad de Sevilla, de 29 de junio de 2026, reguladora de las Normas de Matrícula en los estudios oficiales de Grado y Máster Universitario para el curso 2026-2027, especialmente su disposición adicional octava.
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Acuerdo 9.1/CG de 24 de febrero de 2025, por el que se aprueba la Normativa de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de Sevilla, especialmente su artículo 13, relativo a la cobertura de seguro.
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Acuerdo 16.1/CG de 24 de junio de 2025, por el que se actualiza el Convenio Tipo-Base que regula las prácticas académicas externas y trabajos fin de estudios de la Universidad de Sevilla.
En caso de duda
Si tienes más de 28 años, desempeñas una actividad laboral o tienes dudas acerca de tu situación en la Seguridad Social, consulta con la Unidad de Prácticas del MAES antes de comenzar tus prácticas.
Es importante resolver cualquier duda y acreditar correctamente la cobertura correspondiente antes de incorporarte al centro educativo.
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Resolución de la Rectora de la Universidad de Sevilla, de 29 de junio de 2026, reguladora de las Normas de Matrícula en los estudios oficiales de Grado y Máster Universitario para el curso 2026-2027. Disposición Adicional Octava: Seguridad Social para Estudiantes que Realicen Prácticas Curriculares
En cumplimiento del Real Decreto-Ley 2/2023, por el que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, incluyendo una disposición adicional quincuagésima segunda, la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas por estudiantes universitarios implicará el alta de estos en el sistema de la Seguridad Social.
Para proceder al alta de estos estudiantes en la Seguridad Social es necesario que los mismos tengan asignado un número de la Seguridad Social (NUSS) o un número de afiliación (NAF) vinculado a su DNI/NIE.
Con tal fin, la Universidad de Sevilla comprobará dicho número a través de una consulta telemática cuando el estudiante seleccione una asignatura de prácticas al realizar su automatrícula.
De no poderse verificar telemáticamente el número de la Seguridad Social (NUSS) o el número de afiliación (NAF) en ese momento, el estudiante deberá introducir manualmente dicho número en el apartado previsto en la aplicación de automatrícula y presentar la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de asignación del NUSS en el Buzón de Documentación (DOMUS) habilitado en la Secretaría Virtual de la Universidad de Sevilla (SEVIUS), en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del periodo en el que haya formalizado su matrícula (en el caso de los estudiantes matriculados en el mes de julio, dispondrán hasta el 18 de septiembre de 2026 para su aportación).
El estudiante podrá oponerse a la consulta telemática, debiendo introducir el número NUSS en el apartado de automatrícula destinado al efecto, aportar la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de asignación del NUSS en el Buzón de Documentación (DOMUS) habilitado en la Secretaría Virtual de la Universidad de Sevilla (SEVIUS) en el plazo antes establecido e indicar las circunstancias que motivan dicha oposición, según los procedimientos establecidos para ello [...]
En cualquier caso, antes de iniciar las prácticas, los estudiantes deberán acreditar su situación de alta en la Seguridad Social en los centros.
No obstante lo anterior, los estudiantes mayores de 28 años que al inicio del periodo de prácticas curriculares se encuentren en situación de alta en la Seguridad Social por desempeño de una actividad laboral, deberán suscribir una póliza de seguro para cubrir posibles contingencias durante el periodo de realización de las mismas.